Aprueban Ley de Ingresos 2023 con 1.1 bdp de deuda

Con el voto opositor en contra, la Cámara de Diputados aprobó, sin cambios, el proyecto enviado por Hacienda, el cual prevé un monto histórico de endeudamiento

 

Ciudad de México, 21de octubre de 2022.- Con 266 votos a favor, 212 en contra y cero abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular el dictamen de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, en la cual se prevé obtener un total de 8 billones 299 mil 647.8 millones de pesos (mdp), con un aumento de 28.4% en el endeudamiento, respecto al aprobado para este 2022.

De esa cifra, 4 billones 623 mil 583.1 mdp corresponde a los ingresos del Gobierno Federal por impuesto, 470 mil 845.4 mdp a Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social, 34.6 mdp a Contribuciones de Mejoras, 57 mil 193.0 mdp a Derechos, 6 mil 543.6 mdp a Productos y 173 mil 554.2 mdp a Aprovechamientos.

Además, un billón 303 mil 977.5 mdp a Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos, 487 mil 742.6 mdp a Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones, y un billón 176 mil 173.8 mdp a Ingresos Derivados de Financiamientos. La estimación de la recaudación federal participable será por un monto de 4 billones 443 mil 267.6 mdp.

Asimismo, considera una estimación de crecimiento puntual del Producto Interno Bruto (PIB) de 3 por ciento durante el ejercicio fiscal 2023, un tipo de cambio de 20.6 pesos por dólar y una plataforma de producción de petróleo crudo, en mil 872 miles de barriles diarios, con una estimación del precio ponderado acumulado del barril de petróleo crudo de exportación de 68.7 dólares por barril.

El documento, que consta de tres capítulos, divididos en 27 artículos y 25 transitorios, también menciona que el Ejecutivo Federal podrá contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por un billón 170 mil mdp.

De igual modo, autoriza al Ejecutivo Federal mediante las referidas formas de ejercicio del crédito público para obtener un monto de endeudamiento neto externo de hasta cinco mil 500 millones de dólares (mdd).

Faculta a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a sus empresas productivas subsidiarias para adquirir un monto de endeudamiento neto interno de hasta 27 mil 068.4 mdp y uno externo de hasta 142.2 mdd. A su vez, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas productivas subsidiarias podrán obtener endeudamiento interno de hasta 12 mil 750 mdd y otro externo de 397 mdd.

Autoriza a la Ciudad de México un endeudamiento neto de 3 mil mdp para el financiamiento de obras contempladas en su Presupuesto de Egresos para 2023. Contempla que la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de la CFE por un total de 286, 304.3 mdp.
De igual forma, se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá informar y explicar las modificaciones a los montos que, por ingresos extraordinarios o una baja en los mismos, impacten en los pagos establecidos por ley.

La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023 no contempla nuevos impuestos ni aumentos a los vigentes, atendiendo a los supuestos del marco macroeconómico, así como a las estimaciones de ingresos y gastos previstos en el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2023.

Faculta al Ejecutivo Federal para que, durante el ejercicio fiscal de 2023, otorgue los beneficios fiscales que sean necesarios para dar cumplimiento a las resoluciones derivadas de la aplicación de mecanismos internacionales para la solución de controversias legales que determinen una violación a un tratado internacional.

El aumento de los Ingresos Derivados de Financiamiento es un aumento de 28.4% con respecto a 2022.

Para la discusión en lo particular, la Mesa Directiva informó que se presentaron propuestas de modificación a la Metodología fracción I, Antecedentes fracción II, Contenido de la Iniciativa fracción III, Consideraciones de la Comisión, la Denominación del Proyecto de Decreto, la Denominación del Artículo Único del Proyecto de Decreto y la Denominación del Capítulo Primero.