El día señalado llegó y a todo esto ¿De qué trata la revocación de mandato?
El deseo de Andrés Manuel López Obrador de renovar votos con quienes lo eligieron para ser presidente de México se ha materializado. Lo que en un inicio comenzó como una idea, no propia, pues la revocación de mandato existe desde hace más de un siglo en otras democracias; claro bajo ciertas reservas y reglas, se convirtió en nuevas iniciativas de reforma constitucional que posteriormente fueron transformadas en derecho positivo vigente.
La revocación de mandato es hoy una realidad. Si la ciudadanía así lo permite, tendremos el primer ejercicio de revocación del mandato presidencial en México. Sin embargo, aún existe mucha confusión en torno a las normas que regulan el proceso y cómo debe llevarse a cabo.
En primer lugar, la revocación de mandato es una modalidad del plebiscito mediante la cual los electores ejercen su soberanía sufragando sobre la ratificación o revocación del mandato de representantes electos por sufragio universal, antes de que concluyan el periodo de su encargo. Sin embargo, como sostiene Armando Rendón Corona, históricamente se encuentra concebido como un ejercicio tendiente a destituir al detentador de la autoridad, no solamente como una crisis entre poderes sino también como resultado de ataques al sistema democrático por abusos de poder o incumplimiento grave a responsabilidades.
Lo anterior quiere decir que el procedimiento de revocación de mandato debe ser extraordinario y llevarse a cabo cuando se presenten condiciones graves que justifiquen consultar a la ciudadanía si debe o no continuar un primer mandatario en el poder. De convertirse en un ejercicio ordinario, se corre el riesgo de que un menor número de personas ordene la terminación anticipada del mandato presidencial que decidió una mayoría en un proceso electoral. Con ello, un sistema presidencialista por elección directa perdería un poco el sentido.
Para que el proceso de revocación de mandato sea válido, deberá haber una participación de, por lo menos, el 40 % de las personas inscritas en la lista nominal de electores y procederá la revocación del titular del Ejecutivo si la mayoría absoluta concluye que su mandato debe terminar de manera anticipada. De no darse tal participación, ya sea a favor o en contra de la revocación, el resultado no será vinculante.
Es decir, si no acude a las urnas, por lo menos el 40 % de las personas inscritas en el padrón electoral, los resultados no serán obligatorios y el mandato del presidente López Obrador terminará el 30 de septiembre de 2024 como lo marca la Constitución y por tanto para que tanto rollo al gastar millones en una votación de revocación de mandato.
Al INE le toca, de forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación. Sin embargo, le toca exclusivamente a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la realización del cómputo final del proceso de revocación y, en su caso, emitir la declaratoria de revocación, otro detalle que merece la pena analizar.
En caso de que la revocación del presidente López Obrador sea aprobada en los términos expuestos, quien ocupe la presidencia del Congreso —entiéndase, la Cámara de Diputados— asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo. Dentro de los 30 días siguientes, el propio Congreso nombraría a quien concluirá la presidencia el 30 de septiembre de 2024.
Por último, la Constitución prohíbe expresamente el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como para la promoción o propaganda del proceso de revocación de mandato. Además, el INE y los institutos electorales locales son los únicos órganos facultados para promover la participación ciudadana en la materia.
Con independencia de si consideramos el ejercicio de revocación del mandato presidencial como un verdadero derecho ciudadano o solamente como un concurso de popularidad de quien detenta el Poder Ejecutivo federal, lo cierto es que la Constitución ya lo prevé. Por lo tanto, es necesario que la ciudadanía cuente con reglas claras y precisas en la ley reglamentaria y no permita abusos y arbitrariedades.
¿Tú lo crees?… Sí, yo también.