Por presunta violencia política de género contra la diputada del PT Diana Karina Barreras Samaniego (DATO PROTEGIDO), la ciudadana Karla María cumple con la sanción impuesta por el TEPJF
Luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una sanción contra Karla María Estrella Murrieta, usuaria de la red social X (antes Twitter), por presuntamente incurrir en violencia política en razón de género contra Diana Karina Barreras Samaniego, diputada federal del Partido del Trabajo (PT), la ciudadana fue condenada a pagar una multa y pedir disculpas publicas por 30 días en la misma red social.
Además de tomar un curso sobre género, leer bibliografía especializada y difundir la sentencia en sus redes sociales. Asimismo, será inscrita en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género del INE por un periodo de 18 meses.
Diana Karina Estrella esposa del presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna interpuso la demanda. El caso se remonta al 14 de febrero de 2024, cuando Murrieta publicó un mensaje en la red X sugiriendo que Gutiérrez Luna había presionado a la coalición “Sigamos Haciendo Historia” (Morena, PT y PVEM) para postular a su esposa como candidata a diputada federal por el Distrito 3 de Hermosillo, Sonora.
La publicación —calificada por el TEPJF como cargada de violencia simbólica, mediática y estereotipos de género— fue denunciada por Barreras Samaniego, quien argumentó que dicho mensaje ponía en duda su capacidad política y atribuía su candidatura únicamente a su relación con un hombre en el poder.
En este contexto, el concepto «DATO PROTEGIDO» alude a una práctica jurídica y administrativa que tiene como objetivo resguardar la identidad de personas involucradas en procedimientos legales o administrativos, particularmente cuando se trata de violencia política contra las mujeres en razón de género.
La razón por la que Diana Karina Barreras Samaniego es referida como “DATO PROTEGIDO” en la disculpa pública de Karla Estrella Murrieta se debe a que:
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La sentencia de la Sala Superior del TEPJF ordenó la publicación de una disculpa respetando la confidencialidad y protección de los datos personales de la víctima.
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La víctima está inscrita en una resolución vinculada a violencia política de género, y la normativa exige que su nombre sea omitido en ciertas fases del cumplimiento de sanciones, aunque sea una figura pública.
Este tipo de tratamiento es común en resoluciones que buscan garantizar la protección de los derechos de la víctima, incluso cuando su identidad es conocida públicamente o pertenece al ámbito político.
¿Es obligatorio usar “DATO PROTEGIDO”?

Sí, en este caso fue una exigencia del propio fallo del TEPJF y Karla Estrella Murrieta acató literalmente la redacción que se le impuso, sustituyendo el nombre de la diputada con la leyenda “DATO PROTEGIDO” tal como lo dicta el cumplimiento de la sanción.
La diputada Diana Barreras defendió el fallo como un precedente para proteger a las mujeres en la política, pero aclaró que ella no necesitaba una disculpa pública. “Siempre estaré a favor del debate, no de la censura”, dijo. Upss!!!
El hecho sin precedente sigue generando fuerte controversia en la red social X

































































