16.6 C
Mexico City
sábado, marzo 14, 2026
Inicio Cámara de Diputados Otorgar licencias para padres trabajadores con hijos en estado terminal

Otorgar licencias para padres trabajadores con hijos en estado terminal

 

La diputada Brenda Espinoza López (Morena) presentó iniciativa de reformas a las leyes del Seguro Social, del ISSSTE y Federal del Trabajo

Ciudad de México.- La diputada morenista Brenda Espinoza López, planteó una iniciativa para otorgar licencia a madres o padres trabajadores asegurados, con hijas o hijos de hasta dieciséis años con padecimiento y diagnostico en estado terminal.

La modificación propuesta a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, busca eliminar el trato diferenciado para el otorgamiento de la licencia a padres y madres de niñas, niños y adolescentes con cáncer, respecto de aquellos que han sido diagnosticados con una enfermedad diferente pero terminal.

El documento enviado a las comisiones unidas de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social, precisa que gozarán de esa licencia con la intención de acompañar a sus hijas o hijos en sus correspondientes tratamientos médicos.

Lo anterior, para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización, en su caso, el destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado y/o cualquier otro padecimiento diagnosticado como terminal.

Detalla que dado el Estado de derecho en el que se vive y en estricta concordancia con los artículos 1º, 4º y 5º de la Constitución Política, lo deseable es que se den licencias, para que puedan acompañar a sus pacientes en sus tratamientos y con las mismas reglas con las que cuentan las madres y padres que tienen pacientes diagnosticados con cáncer de cualquier tipo.

Refiere que, las licencias tendrán una vigencia de uno y hasta 28 días. Podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que excedan 364 días de licencia, tal y como lo señala la norma vigente, con el fin de no discriminar a nadie por la condición de salud.

La iniciativa comprende reformas al primero y segundo párrafos del artículo 140 bis de la Ley del Seguro Social; al primero y segundo párrafos del artículo 37 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al artículo 170 Bis de la Ley Federal del Trabajo.