A diferencia de los órganos electorales, una sentencia judicial puede ser castigada hasta con cárcel en caso de ser desobedecida
Un juez federal ordenó frenar expresiones de «malicia» y «discursos de odio» emitidos por el presidente Andrés Manuel López Obrador contra Xóchitl Gálvez, precandidata presidencial de la oposición.
Ya no se trata de una decisión de los órganos electorales, sino de una sentencia judicial que de ser desacatada puede ser castigada hasta con cárcel en caso de ser desobedecida.
La suspensión provisional concedida ayer por Martín Santos, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, se deriva del amparo promovido por Gálvez el pasado 18 de julio, cuatro días después de que en su conferencia mañanera López Obrador dio detalles sobre los ingresos de las empresas de la senadora.
«Se concede la suspensión provisional para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de llevar a cabo manifestaciones con malicia efectiva en todas las señales de la Presidencia de la República y redes sociales de las autoridades responsables«, ordenó el juez.
El veredicto señala: «Que las autoridades se abstengan de transmitir, a través de las cuentas oficiales de Twitter, cualquier discurso de odio hacia la quejosa».
También resolvió que se elimine u ordene la eliminación inmediata en cuentas de Twitter de las publicaciones referidas como actos reclamados. Lo mismo para las páginas de internet y de todas sus redes sociales (primordialmente YouTube, Facebook y Twitter, y del programa La Mañanera) de todas las declaraciones, comunicados, publicaciones y contenidos audiovisuales en los que aluden a la senadora Xóchitl Gálvez.
El juez aclaró que el litigio se refiere a una persona que defiende su derecho al honor, la dignidad y la vida privada, frente a un ente del Estado que difunde información que legalmente tendría que estar resguardada.
Aclaró que, “no es privar a la sociedad de acceder a información sobre Gálvez que provenga de agentes diversos a la Presidencia”.
La Consejería Jurídica del Ejecutivo puede impugnar ante un tribunal colegiado, que tendrá 48 horas para resolver, pero dicho recurso no exenta a las autoridades de acatar el mandato del juez Santos, quien resolverá el 11 de agosto si concede la suspensión definitiva.
Se subraya que la violación a una suspensión concedida en un juicio de amparo es un delito federal que se castiga con tres a nueve años de prisión, a diferencia de las órdenes que las autoridades electorales dictaron contra AMLO para que deje de aludir a Xóchitl Gálvez, y que López Obrador ha desacatado repetidamente las cuales no conllevan una sanción.
será la propia Gálvez quien tendrá que denunciar ante el juez si hay incumplimientos de la suspensión, y juez tendrá que valorar si las acciones del Presidente o de sus subordinados entran o no en el ámbito de las conductas que está prohibiendo.