Senado avala la Ley Minera y la envía al presidente para su publicación

La modificaciones a la ley aprobada con 76 votos a favor, 45 en contra y cero abstenciones reservan para el Estado mexicano la explotación y aprovechamiento del litio

 

Ciudad de México, 20 de abril de 2022. – Quedó aprobada fast track por las dos cámaras, sin ningún cambio la Ley Minera, la cual ya fue enviada al ejecutivo federal para su publicación.

El Senado de la República aprobó reformas a la Ley Minera que propone como exclusiva de la nación la exploración, explotación y aprovechamiento del litio.

La propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador superó la votación a favor en ambas cámaras del Congreso en solo dos días, luego de que el  grupo de Morena, PVEM y PT aprovechó su mayoría para que fuera avalada por las comisiones y para que fueran desechadas todas las reservas en tan solo unas horas.

Así el dictamen fue aprobado en lo general con 87 votos a favor, 20 en contra y 16 abstenciones. En lo particular fue aprobado con 76 votos a favor, 45 en contra y cero abstenciones.

Con esta reforma se modifican los artículos 1, 5, 9 y 10 de la Ley Minera, con el objetivo, dice la propuesta de gobierno, de ‘blindar’ el aprovechamiento del litio, cuya explotación queda en manos de una empresa del Estado.

Todas las observaciones y propuestas de cambio de priistas, panistas y perredistas fueron rechazaron sistemáticamente, por lo que va sin ningún cambio a la propuesta original.

La presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero, anunció el envío al ejecutivo para su publicación y “para sus efectos constitucionales”.

Sánchez Cordero, destacó que el desempeño de este órgano legislativo, en la conducción del trámite de la reforma, «se caracterizó por la aplicación rigurosa de las reglas del procedimiento legislativo y de la discusión y votación que rige para cualquier proyecto o decreto».

La reforma declara de utilidad pública este mineral, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia. Dispone que serán consideradas zonas de reserva minera aquéllas en que haya yacimientos de litio.

Establece que las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por el Estado, a través de un organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables.

Además, plantea que el Servicio Geológico Mexicano auxiliará a dicho organismo público en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del mineral.