Japón declara ‘inconstitucional’ la extirpación de órganos genitales para cambiar de género

La Corte Suprema de Japón declaró este miércoles que es «inconstitucional» y «cruel» la obligación legal de esterilizar a las personas transgénero para oficializar su cambio de nombre en los registros familiares de identificación civil.

 

La Corte Suprema de Japón dictaminó este miércoles que la ley que obliga a las personas transgénero a extirparse los órganos reproductivos para cambiar oficialmente de sexo es inconstitucional.

Este pronunciamiento del máximo tribunal no cierra este caso que fue iniciado por una mujer trans que pidió ser inscrita legalmente como mujer en el registro civil pero sin someterse a una operación ya que la Corte devolvió el expediente a una jurisdicción inferior para que emita más clarificaciones.

La decisión de la Gran Sala del alto tribunal, compuesta por 15 magistrados, fue la primera acerca de la constitucionalidad de la ley aprobada en 2003 que exige la extracción de las gónadas para que el Estado reconozca el cambio de género, una práctica criticada desde hace años por asociaciones internacionales de derechos y médicos.

La decisión se produce en un momento de mayor concientización sobre los problemas que rodean a la comunidad LGTBIQ+ en Japón y supone una gran victoria para el colectivo.

Según la agencia noticiosa Kyodo News, el fallo acerca de la inconstitucionalidad de la parte de la norma que exige la pérdida de las funciones reproductivas para el cambio de sexo fue unánime.

De acuerdo con la ley anulada, las personas trans que querían cambiar el sexo asignado biológicamente en registros familiares y otros documentos oficiales debían ser diagnosticadas con Trastorno de Identidad de Género y someterse a una cirugía para extirpar sus órganos reproductores.

Los activistas afirman que las condiciones impuestas por la ley obligan a las personas a someterse a procedimientos médicos muy invasivos, largos y que conllevan riesgos.

Japón es el único país del Grupo de los Siete que no permite los enlaces entre personas del mismo sexo ni contempla protecciones legales para esas parejas, incluyendo una ley efectiva contra la discriminación.