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martes, junio 9, 2026
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Los derechos de autor no aplican para obras creadas con IA

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SCJN determinó que obras creadas por inteligencia artificial no tienen derechos de autor en México; la Corte establece que solo la creatividad humana puede ser protegida


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las obras generadas exclusivamente por sistemas de inteligencia artificial no pueden ser protegidas por los derecho de autor en México, al considerar que la legislación vigente exige que toda creación provenga de una persona humana.

La decisión, emitida por la Segunda Sala en agosto de 2025, reafirma la constitucionalidad de la Ley Federal del Derecho de Autor, específicamente de sus artículos 12 y 18, los cuales establecen que la titularidad de derechos corresponde únicamente a personas físicas.

Entre los puntos clave de la resolución, la Corte subrayó que la protección legal está diseñada para salvaguardar la creatividad, el intelecto y las experiencias humanas, elementos que no pueden ser replicados por sistemas automatizados.

Asimismo, determinó que las obras generadas enteramente por inteligencia artificial carecen de autor, por lo que no es posible asignarles derechos de propiedad intelectual, quedando en consecuencia dentro del dominio público.

El máximo tribunal también precisó que no existe una equivalencia jurídica entre personas y máquinas, ya que estas últimas no poseen conciencia, emociones ni capacidad creativa en el sentido humano, lo que impide reconocerles autoría.

¿He aquí la cuestión? De que manera detectan si la obra fue creada o no con Inteligencia Artificial. Se espera que la autoridades estén a la vanguardia en tecnología o estén trabajando en ello y que no quede solo como una buena idea.