El Tribunal ordenó denunciar a Arturo Herrera, ex titular de la SHCP y a Jorge Alcocer, titular de Salud, ante la FGR por desacato a una suspensión que ordena garantizar el abasto de medicamentos ontológicos.
Ciudad de México.- Esta tarde, un tribunal Federal ordenó denunciar de forma penal en la Fiscalía General de la República (FGR) al titular de la Secretaría de Salud, Jorge Alcocer, así como al ex secretario de Hacienda, Arturo Herrera y a la Oficial Mayor de la SHCP, Thalía Lagunas, por desacato a una suspensión que ordena garantizar el abasto de medicamentos ontológicos.
Por tanto, la FGR deberá iniciar la carpeta de investigación en contra de los funcionarios públicos. Sin embargo, si decide no hacerlo, tendrá que presentar una justificación ante el órgano jurisdiccional.
“A efecto de tutelar el debido cumplimiento de la suspensión concedida en el juicio de amparo en que se actúa, se hace efectivo el apercibimiento decretado el 2 y 8 de octubre de 2020, por lo que procede hacer la denuncia correspondiente en contra del Secretario de Salud, del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Oficial Mayor de dicha Secretaría, ante el Ministerio Público de la Federación”, señala el acuerdo.
Este delito que se les denuncia, es sancionado con una pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, además de destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.
Este fallo proviene de la denuncia de la Agrupación Mexicana de Oncohematología Pediátrica (AMOHP), misma que refiere que los médicos no han podido cumplir cabalmente con las atenciones a niños con cáncer del Hospital de Especialidades Pediátricas en Tuxtla Gutiérrez.
Ante este señalamiento, tanto la Secretaría de Salud como la de Hacienda deslindaron responsabilidades.
“Entonces, si el juez de Distrito de origen, aun y cuando determinó fundado el incidente porque se había acreditado que las autoridades responsables incumplieron con la suspensión de plano, concedida para el efecto de que las autoridades responsables debían realizar las gestiones necesarias para que las autoridades facultadas para realizar programas para proporcionar los medicamentos y otros insumos necesarios a los agremiados de la parte quejosa, en especial al Hospital de Especialidades Pediátricas, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, garantizaran el derecho a la salud para el tratamiento del cáncer, les requirió el cumplimiento de la medida cautelar.»
«Así, el 27 de octubre de 2020 tuvo por desahogada la vista concedida a la parte quejosa respecto de los informes sobre la suspensión de plano y con copia de los referidos escritos requirió a las autoridades responsables para que en el plazo de 24 horas para que informaran las acciones que realizan y realizarán de manera subsecuente para asegurar el cumplimiento de la suspensión de plano, apercibiéndolas que de no atender tal exigencia, serían denunciadas ante el Ministerio Público de la Federación por el delito que, según el caso, disponen el artículo 262, fracciones III y IV de la Ley de Amparo, en términos del diverso 209 de dicha legislación. De lo cual se advierte que, al no cumplirse con los extremos de la concesión de la suspensión de plano, se continuó requiriendo su cumplimiento”, menciona el acuerdo.
La FGR, por tanto, deberá informar la situación procedente de inmediato.