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miércoles, marzo 11, 2026
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Días de descanso de fin de año para burócratas de Hidalgo

Días de descanso de fin de año para burócratas de Hidalgo. Fotospecial

Habrá guardias y días hábiles en áreas fiscales para garantizar trámites durante el receso decembrino de los trabajadores de gobierno de Hidalgo

El Gobierno del Estado de Hidalgo dio a conocer los periodos de asueto correspondientes al cierre de 2025 y arranque de 2026 para su personal sindicalizado, de base y de confianza, con el objetivo de garantizar el descanso laboral sin descuidar la atención a la ciudadanía.

De acuerdo con la disposición oficial, el personal sindicalizado y de base gozará de periodo vacacional del 18 de diciembre de 2025 al 9 de enero de 2026, mientras que las y los trabajadores de confianza iniciarán su receso a partir del 26 de diciembre. En ambos casos, el regreso a labores será el 12 de enero de 2026, manteniéndose como días inhábiles generales el 25 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026.

Las dependencias estatales deberán implementar guardias para asegurar la continuidad en la atención de trámites y servicios prioritarios.

En particular, la Dirección de Ejecución Fiscal de Atención al Contribuyente y las oficinas de los Centros Regionales de Hacienda se declararon hábiles los días 5, 6, 7, 8 y 9 de enero de 2026, exclusivamente para actos de autoridad, trámites y procedimientos relacionados con Impuestos Federales Coordinados, conforme a la Ley de Coordinación Fiscal.

Durante esos mismos días, se habilitará la oficialía de partes de la Subsecretaría de Ingresos, así como las direcciones fiscales y Centros Regionales de Hacienda, con el fin de recibir, registrar y dar seguimiento a documentos y trámites vinculados con impuestos federales coordinados.

Finalmente, se informó que, por necesidades del servicio, las áreas fiscales podrán convocar de manera específica y con previo aviso a personal para participar en capacitaciones y pruebas técnicas relacionadas con la implementación de herramientas informáticas, sin que ello implique la habilitación formal de días inhábiles ni contravenga las disposiciones establecidas.