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miércoles, octubre 21, 2026
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Diputados avalan en lo general la llamada ‘Ley Antimemes’

Diputados avalan en lo general la llamada ‘Ley Antimemes’. FotoEspecial

La reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial,  contempla penas de hasta cinco años de prisión por el uso comercial de identidad gráfica oficial para cometer ilícitos

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en lo general, la reforma conocida como “Ley Antimemes”, con 312 votos a favor y 119 en contra, en medio de un debate entre legisladores sobre sus posibles alcances para la libertad de expresión.

El dictamen, impulsado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y previamente aprobado por el Senado, modifica disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Tras su aval en lo general, el proyecto pasó a la discusión de las reservas y el debate en lo particular.

El punto que generó mayor controversia es la incorporación del artículo 403 Bis, que establece penas de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para determinadas conductas relacionadas con la utilización de elementos oficiales.

De acuerdo con el texto, las sanciones se aplicarían a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales pertenecientes a instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, cuando ello tenga como finalidad inducir al error o engaño sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema, con la intención de cometer un ilícito.

Oficialismo niega que se criminalicen los memes

Legisladores de Morena y sus aliados han rechazado que la reforma tenga como objetivo prohibir memes, parodias o sátiras políticas. Sostienen que el propósito es combatir la falsificación, la piratería y la suplantación de instituciones públicas cuando estos mecanismos sean utilizados para cometer fraudes u otros delitos.

El propio contenido del artículo 403 Bis no menciona expresamente los términos “meme”, “parodia” o “sátira”, ni establece que el simple uso de un logotipo oficial sea suficiente para configurar un delito. La conducta requiere, entre otros elementos, que exista un uso a escala comercial y una finalidad de engaño vinculada con la comisión de un ilícito.

Oposición advierte riesgo para la libertad de expresión

En contraste, legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano cuestionaron la redacción de la reforma y señalaron que la ausencia de excepciones expresas para contenidos periodísticos, educativos, artísticos, humorísticos, satíricos o de crítica política podría generar interpretaciones amplias.

Durante la discusión, la oposición pidió incorporar una cláusula que protegiera de manera explícita este tipo de contenidos, pero la propuesta no prosperó. Sus integrantes argumentaron que la redacción podría generar incertidumbre jurídica y eventualmente propiciar casos de censura o autocensura.

La controversia se centra así en la diferencia entre el objetivo declarado de combatir la suplantación institucional con fines delictivos y la preocupación opositora sobre el alcance que podrían tener las nuevas disposiciones en determinados contenidos difundidos en internet.

Con la aprobación en lo general, la reforma continúa ahora con el análisis y votación de las reservas antes de definir el texto que seguirá su trámite legislativo.