Permitía a la Secretaría de Gobernación entregar publicidad oficial de manera discrecional
Ciudad de México.- El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá retiró este miércoles su proyecto que avalaba la constitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social, aprobada durante el gobierno de Enrique Peña Nieto y conocida como “ley chayote”, la cual permitía a la Secretaría de Gobernación (Segob) entregar publicidad oficial de manera discrecional, un criterio sobre el cual alertaron organizaciones de la sociedad civil.
El proyecto del ministro Carrancá fue cuestionado por organizaciones de la sociedad civil como Artículo 19 y Fundar, Centro de Análisis e Investigación, quienes advirtieron que este proyecto contravenía la resolución que emitió la misma primera sala de la Suprema Corte en 2017, mediante un amparo promovido por estas organizaciones.
Al inicio de la sesión de la primera sala, se informó que a petición del Ministro se retiraba su proyecto. El texto consideraba que la propia Ley de Comunicación Social ya cuenta con los lineamientos correspondientes para otorgar la asignación de la publicidad oficial, pese a que en los hechos no haya mecanismos que eviten la concentración ni el uso discrecional de estos recursos. El tema generó el repudió de la sociedad civil, que advirtió los riesgos de esta legislación a la libertad de expresión.
Artículo 19 celebró en su cuenta de Twitter que el ministró Carrancá haya optado por retirar el documento, aunque llamó a realizar un análisis exhaustivo de la Ley General de Comunicación Social. “De igual forma, recordamos la deuda pendiente de llevar a cabo una discusión integral para la emisión de una correcta y democrática ley que regule la #PublicidadOficial”, escribió la organización.
En 2017, la Suprema Corte determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa por no regir la materia de la publicidad oficial, lo que dio pauta a la Ley de Comunicación y su eventual aprobación, la cual no contó con un diálogo ni una apertura en su discusión.
El mandato original de la Corte ordenaba regular el párrafo octavo del artículo 134 constitucional, mismo que establece que la comunicación social debe tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. Por el contrario, se dotó a la Segob de criterios de asignación de la publicidad oficial, un criterio que pretendía ser avalado este miércoles con el respaldo al proyecto del ministro Carrancá.