Busca 65 legislatura garantizar el derecho a la identidad de hidalguenses

Diputados del PT y de Morena impulsan esta iniciativa que permitirá que el Registro del Estado Familiar y las autoridades municipales exenten de cobro el derecho por el registro de nacimiento, expidan gratuitamente la primera copia certificada del acta de nacimiento, así como las constancias tendientes a servir como requisito para realizar un registro extemporáneo de nacimiento

 

Pachuca, Hgo., 12 de abril de 2022.- Los diputados locales de Morena y del Partido del Trabajo (PT) plantearon una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, que den certeza jurídica a los hidalguenses, así como garantizar el derecho fundamental a la identidad de las personas, su registro de nacimiento inmediato y regular los registros extemporáneos.

Ello en virtud de que de acuerdo con datos del Registro Nacional de Identidad y Población (RENAPO) en 2020, al menos un millón y medio de personas de todas las edades no cuentan con un registro de nacimiento; 22.7 por ciento de este total es población indígena; seis de cada 10 son niñas, niños y adolescentes que no tienen identidad jurídica.

Por ende, los diputados buscan transitar hacia un ejercicio del derecho elemental de contar con un nombre, apellidos, nacionalidad, fecha de nacimiento, sexo y origen es esencial, que produzca certeza respecto a la identidad de la persona, puesto que es de interés público que tengan estos elementos que los identifiquen y distingan del resto de las demás.

El diputado petista Jesús Osiris Leines, destacó que el derecho a la identidad es muy importante para el bienestar no sólo de la persona, sino para beneficio de la sociedad.

Consideró necesario redoblar esfuerzos para que el derecho a la identidad sea cumplido a cabalidad y no sólo por así establecerse en la Constitución sino por el bien común.

Dijo que con las modificaciones propuestas se busca armonizar la norma como lo establece la Constitución Política, la gratuidad de la primera copia certificada del acta de nacimiento o de las constancias tendientes a obtenerla.

Así mismo, toda persona tendrá derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento y la autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

Cabe destacar que se considera registro de nacimiento oportuno aquel que se realice dentro de los primeros cuarenta días posteriores al nacimiento. El Registro del Estado Familiar y las oficialías municipales promoverán la instalación y operación de módulos de registro de nacimiento en las instituciones de salud con el objetivo de garantizar que niñas y niños sean registrados inmediatamente después de su nacimiento.

Se considera registro de nacimiento extemporáneo aquel que se realice posterior a los primeros cuarenta días a partir del nacimiento.

Osiris Leines, explicó que identificar a las personas a través del acta de nacimiento es primordial, pero, sobre todo, a éstas se les debe asegurar su registro y contar con la certeza de que los datos del acta de nacimiento contengan la información valida y confiable.

Recordó que para garantizar este derecho en el año 2014 se realizó una adición al artículo 4° constitucional, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2014, la cual fue el parteaguas para reconocerse en México el derecho a la identidad como derecho fundamental para que las personas tengan le certeza de que el Estado tiene que reconocer y buscar los mecanismos legales para hacerla efectiva.