Profeco vs Ticketmaster: ¿Qué pasa con la negativa de reembolsos?

Ticketmaster está bajo la mira de Profeco por su polémica cláusula de negativa de reembolsos ante la  cancelación de artistas en festivales.

De nuevo Ticketmaster hace de las suyas, o al menos eso intenta, por eso, está en la mira de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), luego de que la empresa añadió una nueva cláusula en donde anunciaron que ya no habrá reembolsos en los boletos en caso de la cancelación de artistas durante los festivales.

Esto significaría un golpe fuerte para los asistentes, ya que la empresa se encarga de gestionar la mayoría de los conciertos, eventos y festivales en el país, como el Vive Latino, el Corona Capital o el Pal’ Norte.

De esta manera, si alguno de los artistas que encabezan y reúnen gran parte de la asistencia de estos u otros festivales deciden suspender su presentación, la boletera ya no tendrá la obligación de regresarte el dinero del boleto.

¿Qué dice la cláusula de Ticketmaster sobre los reembolsos?

“Al continuar con tu compra, hacemos de tu conocimiento que podrá existir la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los participantes del Festival, por lo que ante dicho supuesto no existirá reembolso de los boletos adquiridos».

Esta cláusula generó preocupación entre los usuarios y miles de personas que se preparan y esperan con ansias a su artista favoritos en los diversos festivales, ya que propiciar a que incremente la publicidad engañosa e incluso los fraudes.

Pues la empresa de venta de boletos podría promover artistas que nunca se presentarán para incrementar la asistencia en el festival y finalmente, hacer una modificación completa del cartel principal.

Ante esta nueva cláusula, la cual ya fue implementada para el Festival Arre HSBC y el Flow Fest, la Profeco intervino rápidamente ante la reacción negativa de los usuarios y emitió una medida precautoria.

La postura de Profeco ante la negativa de reembolso de Ticketmaster 

En dicha medida precautoria, Profeco señaló que la boletera tenía 48 horas para suspender esta nueva cláusula, ya que violenta los artículos 1, 7 y 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Profeco señaló que los proveedores, en este caso Ticketmater, están obligados a respetar los servicios que se ofrecen a dar, en el caso de los festivales, «si ofreció que un artista determinado estaría en el evento, lo cual pudo motivar la compra, la proveedora debe respetar tales condiciones”.

Si existe un caso de cancelación por fuerza mayor, Ticketmaster deberá otorgar un reembolso del coto total del boleto con los cargos por servicio incluidos, incluso se añadirá una bonificación no menor al 20% «del total de días que dure el festival o solo del día que no decida asistir el consumidor».

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